Establece la inhabilidad para el ejercicio de cargos públicos en el Gabinete de Gobierno del ejecutivo municipal y el Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez a las personas con condena por delitos de violencia de género.
Establece a su vez que el cese de la persona condenada debe ser dispuesto de inmediato por los funcionarios con facultades suficientes para designarlo y removerlo.
Corresponde a su vez al área de género del Ejecutivo Municipal y a la Comisión de Género Mujeres y Diversidad del Concejo Deliberante, en sus respectivos ámbitos de actuación, efectuar las averiguaciones y recabar los informes tendientes al cumplimiento de la presente ordenanza.